EL PRESENTE REGLAMENTO INTERNO TIENE POR OBJETO ESTABLECER NORMAS DE CONVIVENCIA, QUE MEJOREN EL BIENESTAR Y APROVECHAMIENTO DE LOS ESPACIOS COMUNES.
Reglamento Interno
La Mayoría aprueba por unanimidad la Generación de un Reglamento Interno, que contempla normas para mejorar la convivencia y seguridad de los consorcistas. Permitiendo la Aplicación de Multas en los casos que no se respete. (Asamblea Dic-2017)
SUM
El valor de la reserva del SUM se fija en $20.000 a diciembre de 2024, con actualizaciones mensuales por IPC (índice de precios del consumidor).
Durante los meses de Diciembre a Marzo no se podrá hacer uso del SUM los Sábados y Domingos en horarios Diurnos.
Como máximo se acepta tener 2 reservas activas en simultáneo.
La cancelación del SUM deberá notificarse con un mínimo de 72 hs. Caso contrario se cobrara el canon locativo.
El uso del SUM implica la devolución del mismo limpio, siendo el toilette parte del este dejándolo en su totalidad en condiciones apto para que el próximo consorcista que ingrese, pueda hacer uso. ( Apto se entiende que debe encontrarse limpio el piso mesa y sillas , la vajilla limpia y ubicada en las alacenas respectivas; etc)
La Parrilla contigua al SUM es de uso exclusivo de este cuando estuviera reservado y debe devolverse en las mismas condiciones que el SUM.
La llave del SUM será entregada por el Encargado, firmando un acuse para dejar un registro correcto de uso. Habrá 3 juegos de llaves destinado para esto rotulados para verificar a quien fueron entregadas.
En las fechas 24, 25, 31 de Diciembre y el 1 de Enero no se podrá reservar el SUM, siendo de uso libre y común de todos los consorcistas que habitan el edificio igual que las parrillas.
Horarios de uso: de Lunes a Jueves y Domingos hasta las 12 PM y de Viernes y Sábados hasta las 3 AM.
PARRILLAS
Las parrillas laterales son de uso común y podrán ser utilizadas por orden de llegada, sin costo alguno. Las mismas deben quedar en perfecto estado de limpieza y orden luego de concluido su uso.
Parrilla contigua al SUM es de uso Exclusivo del mismo cuando estuviera reservado.
PILETA
No podrán acceder solos al espacio de pileta, ni áreas comunes menores de 12 años, debiendo estar siempre acompañados por un adulto responsable.
Temporada de Pileta: Dic-Ene-Feb-Mar
Horarios de 8 hs a 22 hs. De Lunes a Lunes.
El uso de la pileta permite un máximo de 2 invitados por departamento.
Se encuentra prohibido el ingreso al sector con recipientes de vidrio o similares y comida. Solo se permite ej: Mate, Jugos, frutas, galletitas.
USO DE COCHERAS
NO ESTA PERMITIDO EL USO DE LAS COCHERAS COMO AREA DE JUEGOS (*), ESTA PROHIBIDA LA CIRCULACION SIN UN ADULTO RESPONSABLE DE MENORES.
El uso de cocheras es exclusivo de personas que viven en el edificio, no está permitido en ningún concepto el alquiler de las mismas a personas ajenas al edificio.
El edificio no posee cocheras de cortesía
Aquellos que facilitan la cochera a un familiar, deberán dejar a la administración una autorización con marca dominio del automóvil y nombre del conductor.
Al ingreso y egreso el conductor debe verificar que queden debidamente cerrado los portones.
ESPACIOS COMUNES
No está permitido dejar en hall o palieres cosas u objetos que impidan transitar o perjudiquen el libre acceso.
No está permitido el uso de los espacios comunes: ascensores, terrazas y pasillos como áreas de juegos.
Toda comunicación, sea por una irregularidad consulta o denuncia debe realizarse exclusivamente ante la administración por favor no ponga en compromiso a personal del edificio, miembros del consejo o propietarios.
SANCIONES
Las transgresiones al reglamento interno del edificio, y el incumplimiento de cuales quiera de los puntos precedentes, serán pasibles de las siguientes sanciones:
Multa: en caso de falta, se sancionara al infractor y/o su responsable con una multa equivalente al valor de MEDIA (1/2) expensa, que abonen las unidad infractora. En caso de una nueva reiteración, la multa será equivalente al valor de UNA (1) expensa, según modalidad explicada en el punto anterior. Se considerará reiteración aquella falta y/o infracción cometida en el lapso de tres meses. Se deja constancia que la aplicación de la multa podrá efectuarse sin la necesidad de un apercibimiento previo, conforme la falta del infractor y su gravedad. Ante la aplicación de la multa, el importe de la misma será integrado como expensas comunes, cargado a la unidad funcional correspondiente y su pago será obligatorio, pudiendo ejecutarse como cualquier expensa impaga, con los alcances y modalidad que fija el Reglamento de Copropiedad y Administración, la ley 13.512 y el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Reparación ó abono del costo de reparación de la cosa rota o averiada.
Las infracciones serán publicadas y se harán saber a todos los copropietarios.
El consejo de administración y el Administrador, tendrán a su cargo la aplicación de las sanciones establecidas en el presente artículo, graduando las mismas de acuerdo a la gravedad de la transgresión.
(*) En la asamblea extraordinaria de Junio de 2021, se habilita como zona de juego sólo a las cocheras descubiertas, siempre que no hubiera vehículos estacionados. Asimismo, se confirma que en las cocheras cubiertas, no se permiten como áreas de juego y/o tránsito en bicicletas (que se había convertido común en período de cuarentena).
Acerca de la aprobación del Reglamento Interno
De acuerdo al Nuevo Código Civil y Comercial Artículo 2060. La mayoría de los presentes pueden proponer decisiones, las que deben comunicarse por medio fehaciente a los propietarios ausentes y se tienen por aprobadas a los quince días de notificados, excepto que estos se opongan por igual medio, con mayoría suficiente.